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    Con el voto de Barret, la Corte Suprema apoya grupos religiosos y bloquea restricciones por covid-19 en Nueva York

    La mayoría conservadora se impuso en la decisión al alegar que las restricciones establecidas por el gobernador Andrew Cuomo violaban la protección de la Primera Enmienda al libre ejercicio de la religión. El presidente del máximo tribunal, John Roberts votó en contra, junto a los magistrados liberales.
    26 Nov 2020 – 03:22 AM EST
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    En medio de un aumento preocupante de contagios de Andrew Cuomo para combatir la propagación del covid-19.

    En un Amy Coney Barrett, jugó un papel decisivo.

    En una opinión no firmada, la mayoría dijo que las restricciones de Cuomo violaban la protección de la Primera Enmienda al libre ejercicio de la religión.

    El presidente del máximo tribunal, magistrado John Roberts y los tres liberales de la corte manifestaron su desacuerdo.

    La primavera y el verano pasados, cuando la jueza Ruth Bader Ginsburg aún vivía, la corte se dividió 5-4 en casos similares, con Roberts y los liberales en la mayoría poniéndose del lado de las casas de culto.

    El fallo manifiesta una opinión totalmente contraria a otros anteriores relativos a las iglesias de California y Nevada. En esos casos, decididos en mayo y julio, la Corte permitió a los gobernadores de los estados restringir la asistencia a los servicios religiosos.

    La composición de la Corte Suprema ha cambiado desde entonces, y la jueza Barrett, propuesta por el presidente Donald Trump, sucedió a la magistrada Ruth Bader Ginsburg, quien falleció en septiembre, dejando al tribunal con un desbalance ideológico de seis jueces conservadores y tres liberales.

    Cristianos y judíos se unen en dos demandas

    El fallo del Supremo se conoce cuando los casos diarios de covid-19 no han bajado de 100,000 en tres semanas en Estados Unidos y se reportan más de 88,000 pacientes hospitalizados en todo el país, según la página de seguimiento de la pandemia Covid Tracking Project. Este miércoles se reportaron 2,146 fallecimientos, marcando el día más mortal en más de seis meses.

    Las restricciones decretadas por Cuomo define "zonas rojas" cambiantes, donde el riesgo de coronavirus es mayor, y donde no más de 10 personas pueden asistir a los servicios religiosos. En las "zonas naranjas" ligeramente menos peligrosas, la asistencia se limita a 25. Esto se aplica incluso a las iglesias que pueden albergar a más de 1,000 personas.

    La orden del máximo tribunal responde a dos demandas: una presentada por la Diócesis Católica Romana de Brooklyn, la otra por dos sinagogas, una organización judía ortodoxa y dos personas.

    En ambas demandas se plantea que las restricciones implantadas por el gobernador violan las protecciones constitucionales para el libre ejercicio de la religión, y en la solicitud de las sinagogas afirman que Cuomo había "señalado a una religión en particular como culpable y como represalia por el aumento de la pandemia".

    La acción de la corte del miércoles probablemente hará que Nueva York reevalúe sus restricciones en casas de culto en áreas designadas como puntos calientes del virus. Pero el impacto de la acción de la corte también puede ser menor debido a que los grupos judíos católicos y ortodoxos que demandaron ya no están sujetos a ellas.

    Las opiniones a favor y en contra

    En una opinión concurrente, el juez conservador Neil M. Gorsuch dijo que el gobernador neoyorquino había tratado las actividades seculares más favorablemente que las religiosas.

    "Es tiempo - tiempo pasado - de dejar claro que, aunque la pandemia plantea muchos desafíos graves, no hay ningún lugar en el que la Constitución tolere edictos ejecutivos codificados por colores que reabran licorerías y tiendas de bicicletas, y cierren las iglesias, sinagogas y mezquitas", escribió el juez Gorsuch.


    El presidente de la Corte, en una opinión disidente citada por el diario The New York Times, expresó que "los límites de capacidad numérica de 10 y 25 personas, dependiendo de la zona aplicable, parecen indebidamente restrictivos", aunque "no es necesario que nos pronunciemos sobre esa grave y difícil cuestión en este momento".

    En otra opinión disidente de la magistrada Sonia Sotomayor, compartida por su colega Elena Kagan, se indica que aúnque "el libre ejercicio religioso es uno de nuestros derechos constitucionales más preciados y celosamente guardados", la Constitución "no prohíbe que los estados respondan a las crisis de salud pública a través de regulaciones que traten a las instituciones religiosas igual o más favorablemente que a las instituciones seculares comparables, particularmente cuando esas regulaciones salvan vidas".

    "Debido a que las restricciones del covid-19 de Nueva York hacen precisamente eso, respetuosamente disiento", apostilló Sotomayor.

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