Claves del 'parole in place': qué hacer mientras arranca el proceso para pedir la 'green card'
Tras el anuncio hecho por la Casa Blanca el miércoles respecto a la apertura de la ventanilla para los formularios de ajuste de estado o estatus de los beneficiarios del ‘parole in place’, el servicio de inmigración dio a conocer una lista de recomendaciones para cónyuges indocumentados de ciudadanos estadounidenses que califican para recibir la green card.
El ‘parole in place’ fue anunciado el 18 de junio por el presidente Joe Biden como parte de una nueva medida “para promover la unidad familiar en el proceso de inmigración”, dijo en mandatario al dar a conocer el decreto.
El programa incluye un amparo de deportación a “aproximadamente 500,000 cónyuges indocumentados de ciudadanos estadunidenses y unos 50,000 niños no ciudadanos hijos menores de edad sin papeles cuyo padre o madre indocumentado esté casado con un ciudadano estadounidense”.
El Departamento de Seguridad Nacional (DHS) “ha establecido este proceso para considerar, caso por caso, las solicitudes de permiso de permanencia en el país (‘parole in place’) de ciertos no ciudadanos cónyuges de ciudadanos estadounidenses que han estado en Estados Unidos durante al menos una década”, detalló la Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración (USCIS).
La agencia federal precisó además que “si se les concede el permiso de permanencia en el país, los no ciudadanos que son elegibles para solicitar la residencia legal permanente (LPR) basada en su matrimonio con un ciudadano estadounidense, podrán hacerlo sin tener que salir de Estados Unidos”.
La salida del país activaría automáticamente la denominada Ley del Castigo, “que sanciona con hasta con 10 años fuera la permanencia no autorizada en Estados Unidos, han advertido abogados consultados por Univision Noticias.
Cuando se abre la ventanilla
“USCIS no está aceptando solicitudes bajo este proceso en este momento”, indicó la agencia, una de las 23 dependencias que opera bajo el mando del DHS. “Comenzaremos a aceptar solicitudes el 19 de agosto. Si presenta su solicitud antes del 19 de agosto, la rechazaremos”, advirtió.
También, el servicio de inmigración dijo que “se publicará más información sobre la elegibilidad y el proceso de solicitud en una próxima notificación del Registro Federal (diario oficial estadounidense)”, pero no señaló una fecha específica.
Al respecto, los abogados consultados por Univision Noticias reiteraron advertencias para “tener cuidado con las estafas”, principalmente de aquellos gestores o notarios que ofrecen trámites acelerados a cambio de un pago. “La ventanilla de recepción de solicitudes de residencia bajo el amparo del ’parole in place’ está cerrada”, precisaron.
Los requisitos para calificar
De acuerdo con lo publicado hasta ahora por el DHS, calificarán para pedir la residencia legal permanente aquellos cónyuges indocumentados de ciudadanos estadunidenses que, entre otros:
· Están presentes en Estados Unidos sin haber sido itidos ni tienen permiso de permanencia temporal;
· Han estado presente de manera continua en Estados Unidos durante al menos 10 años al 17 de junio de 2024 (desde al menos el 17 de junio de 2014 o antes);
· Haber estado en un matrimonio legalmente válido con un ciudadano estadounidense al 17 de junio de 2024 o antes; y
· No tener antecedentes penales que lo descualifiquen o que de otra manera constituyan una amenaza para la seguridad nacional o la seguridad pública de Estados Unido.
Qué hacer mientras espera
El gobierno recomendó reunir evidencias de acuerdo con los requisitos publicados hasta ahora. Y reiteró que “todavía no puede presentar una solicitud bajo este proceso. Publicaremos una notificación en el Registro Federal que explicará con más detalle la elegibilidad y el proceso de solicitud, incluido el formulario a utilizar y las tarifas de presentación asociadas”.
USCIS puntualizó que si un extranjero que reúna los requisitos presenta su solicitud “antes de la fecha de implementación indicada en la notificación del Registro Federal (19 de agosto de 2024), rechazaremos su solicitud”.
Mientras tanto, usted puede hacer o dar los siguientes pasos:
- Reúna evidencia de permanencia física ininterrumpida en Estados Unidos;
- Evidencia de un matrimonio legalmente válido con un ciudadano estadounidense al 17 de junio de 2024 o antes (certificado de matrimonio);
- Documentos que prueben su identidad, incluidos los documentos caducados, entre ellos licencia de manejar, identificación válida del estado o país;
- Certificado de nacimiento con foto;
- Pasaporte válido; o
- Cualquier documento emitido por el gobierno que muestre el nombre, fecha de nacimiento y la foto del solicitante.
También debe reunir evidencia:
- Del cónyuge ciudadano estadounidense, tal como pasaporte, certificado de nacimiento o certificado de naturalización;
- Evidencia de presencia continua en Estados Unidos al 17 de junio de 2024 o antes (recibos de luz, agua, gas, etc.)
- Recibos de alquiler;
- Registros hospitalarios o médicos;
- Declaraciones de constancia de su residencia por parte de entidades religiosas, sindicatos u otras organizaciones que lo identifiquen por su nombre;
- Documentos oficiales de una entidad religiosa que confirmen la participación en una ceremonia religiosa;
- Recibos de giros postales de dinero enviado hacia o desde Estados Unidos;
- Certificados de nacimiento de niños nacidos en Estados Unidos;
- Transacciones bancarias;
- Recibos, título o registro de licencia de automóvil;
- Escrituras, hipotecas o contratos de alquiler;
- Pólizas de seguro; o
- Declaraciones de impuestos o recibos fiscales.
El gobierno también dijo que quienes califiquen deben comenzar a reunir evidencias de permanencia de hijos indocumentados que también calificarán para el ‘parole in place’.
Cuidado con las estafas
”En este momento quienes califican o creen que califican para el programa, deben comenzar a recabar la información tal y como lo indica el gobierno”, dice Jaime Barrón, un abogado de inmigración que ejerce en Dallas, Texas. ”Pero, no debe contratar a nadie ni contratar a abogados y notarios hasta que o sea oficial el anuncio de las reglas sobre cómo hacerlo”, precisó.
Sobre las estafas, USCIS subrayó que “las estafas de inmigración son extremadamente comunes. Recuerde que aún no puede solicitar este proceso. Si ve a alguien ofreciendo sus servicios para presentar una solicitud antes de que publiquemos la notificación en el Registro Federal o abramos el proceso, consulte nuestra página web sobre fraude y “denuncie estafas de inmigración”.
El gobierno también recordó que, en Estados Unidos, un notario público “no está autorizado para brindarle ningún servicio legal relacionado con la inmigración. Solo un abogado con licencia para ejercer la abogacía en Estados Unidos o un representante acreditado que trabaje para una organización reconocida por el Departamento de Justicia puede brindarle asesoramiento legal”, concluyó.